Descripción
Como DIRECTOR GENERAL DE LA MARINA MERCANTE durante la tragedia del PRESTIGE, aplicó la decisión del Organismo Rector, evitando que el buque, con el costado roto y perdiendo carga, se acercara a las costas y obligando a su alejamiento, en virtud de la normativa vigente y en cumplimiento de los convenios internacionales en esta materia, de los que España es parte.
Finalizado el juicio, la Audiencia lo absolvió por sentencia de 13 de noviembre 2013, y condenando al capitán del buque. Recurrida la sentencia por algunos de los acusadores, el TS en sentencia de 01/2016, confirmó que lo actuado por la Administración Gral. Del Estado había sido conforme a Derecho, con lo que ésta es la primera ocasión en que el Estado no se vio obligado al pago de indemnizaciones por un siniestro sucedido en sus costas.
En 12/2018, la Sala 2a del TS dictó sentencia definitiva sobre la Responsabilidad Civil que fija definitivamente la indemnización por importe superior a los 1.500 millones de Euros.
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